Juicio por YPF: qué tiene que pasar para que Argentina sea embargada YPF
Enero de 2024
La jueza Loretta Preska, del tribunal del distrito sur de Manhattan que se encarga de llevar adelante el juicio por la expropiación de YPF, confirmó ayer uno de sus fallos anteriores, por lo qu
e ahora Argentina puede recibir pedidos de embargos por parte de los querellantes en la causa. ¿Qué condiciones se tienen que dar para que eso ocurra? Para embargar un bien hay por lo menos tres condiciones que se deben cumplir, según la definición de las normas de EE.UU. Pero en principio se debe determinar si el país renunció o no a su inmunidad de ejecución, como pasó por ejemplo en 2001 con los bonos defaulteados. Sin embargo, en el caso de YPF, la Argentina nunca renunció a dicha inmunidad.
En este sentido, el abogado Sebastián Soler aseguró en su cuenta de Twitter que “la capacidad de los demandantes de embargar está restringida por la Ley de Inmunidad Soberana de Estados Unidos”. Soler fue hasta diciembre subprocurador del Tesoro del presidente Alberto Fernández y siguió de cerca la causa durante los últimos 4 años. De esta manera, señaló que como la Argentina no renunció a esa inmunidad, para que puedan embargarse bienes deberían cumplirse tres condiciones al mismo tiempo: que el Estado sea su dueño, que el bien sea usado para una actividad comercial en Estados Unidos y que el bien que se pretende embargar “es o fue usado para la actividad comercial en que se basa el reclamo”. “No es fácil”, sumó.
Por su parte, Sebastián Maril, CEO de y especialista en el tema, coincidió con esta postura y afirmó que “embargar activos soberanos es muy complejo”, aunque aclaró que en caso de que pudiera ocurrir un embargo de activos del Estado, estos “no serán puestos como garantía, sino que serán propiedad de los beneficiarios del fallo que los irán tomando como forma de pago por los US$ 16.100 millones”. Según el especialista, el impacto de la medida dependerá de el período de embargo de activos sobre el Estado, algo que puede durar meses o años, a menos que el litigante encuentre un activo embargable fuera de Argentina que no requiera de la aprobación del Congreso (las acciones de YPF) o de la justicia local (regalías petroleras y los aviones de Aerolíneas Argentinas).
Fuente: Diario con vos.